Santo Domingo. -Con el aumento de un 19 % al salario mínimo del sector privado no sectorizado, que entrará en vigencia el 1 de abril de este 2023 primero con un 15 %, se estrecha la brecha de la escala salarial que fija los topes de deducción de impuestos sobre la renta (ISR), el cual se aplica al excedente de los salarios que sobrepasan los 34,685 pesos mensuales.
El margen de diferencia entre los salarios de los que menos porcentaje tributan y el sueldo más bajito de empresas grandes será de 30 % en febrero de 2024, cuando se aplique el 4 % restante.
El director de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), Luis Valdez, sostuvo ayer que el ajuste a la escala salarial que paga el impuesto sobre la renta –indexación salarial– no se llevará a cabo en el ejercicio presupuestario de este 2023, debido a que se encuentra vigente un capítulo en el Presupuesto General del Estado que establece la no indexación.
“Desde el 2016, en los proyectos para Presupuesto General se incluye un capítulo de la no indexación salarial, la cual está vigente también para este año”, dijo el funcionario al responder una pregunta de interés social en un encuentro con ejecutivos de la Unión Nacional de Empresarios (UNE).
¿Qué es la indexación salarial?
Es el ajuste anual por inflación con el que se varía el valor mínimo de los salarios que están sujetos al pago de impuestos. Su aplicación debe ser realizada por la DGII bajo un acápite del Código Tributario (Ley 11-92), norma que fue pausada en la ejecución presupuestaria de 2017 para aumentar las recaudaciones, según reportó la prensa en dicho año.